Facta-CRS

1. ¿Qué es FATCA?

Es una ley aprobada por el Congreso de Estados Unidos el 18 de marzo de 2010 que requiere que las Instituciones Financieras fuera de los Estados Unidos de América identifiquen a sus cuentahabientes con obligaciones fiscales en aquel país. Estas instituciones deberán poner a disposición de la autoridad fiscal estadounidense información relacionada con cuentas y productos financieros de dichos cuentahabientes, tanto de personas físicas, físicas con actividad empresarial como de personas morales. FATCA Foreign Account Tax Compliance Act.

2. ¿Qué es CRS?

Es un estándar adoptado por el Consejo de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), que requiere que las instituciones financieras fuera de los países participantes identifiquen a sus cuentahabientes con obligaciones fiscales en el extranjero. Estas instituciones deberán reportar a su autoridad fiscal información relacionada con cuentas y productos financieros de dichos cuentahabientes, tanto de personas físicas, físicas con actividad empresarial como de personas morales. CRS Common Reporting Standard.

3. ¿Porqué México participa en la ley FATCA?

El 19 de noviembre del 2012 se firmó el Acuerdo Intergubernamental (IGA) entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y el Departamento del Tesoro de Estados Unidos. Este acuerdo establece las obligaciones y responsabilidades para el intercambio de información con fines fiscales entre los países firmantes, como es el caso de México.

Con la firma de este acuerdo, las Instituciones Financieras en México tienen obligaciones relacionadas a la identificación, clasificación y reporte de cuentas de clientes con obligaciones fiscales en EEUU. Dicha información le será reportada al Servicio de Administración Tributaria (SAT), el cual compartirá dichos datos al Servicio de Rentas Internas de los Estados Unidos (IRS). La última actualización del acuerdo se firmó el 9 de abril de 2014.

4. ¿Para qué funciona la ley FATCA?

Evitar la evasión fiscal de contribuyentes estadounidenses que obtienen beneficios fuera de los Estados Unidos de América, mediante la identificación de cuentas y productos financieros que mantienen en Instituciones Financieras Extranjeras (FFIs, por sus siglas en inglés).

5. ¿Porqué México participa en la ley CRS?

El 15 de Julio del 2014 la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) firmó el Estándar para el Intercambio Automático de Información sobre Cuentas Financieras en Materia Fiscal ante la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico. Este acuerdo establece las obligaciones y responsabilidades para el intercambio de información con fines fiscales entre los países firmantes, como es el caso de México.

Con la firma de este acuerdo, las instituciones financieras en México tienen obligaciones relacionadas a la identificación, clasificación y reporte de cuentas de clientes con obligaciones fiscales en otros países. Dicha información le será reportada al Servicio de Administración Tributaria (SAT), el cual compartirá dichos datos a las autoridades fiscales de cada país.

6. ¿Para qué funciona la ley CRS?

Evitar la evasión fiscal de contribuyentes con responsabilidades fiscales en el extranjero, que obtienen beneficios en otros países, mediante la identificación de cuentas y productos financieros que mantienen en las Instituciones Financieras en México.

7.- ¿Las leyes FATCA y CRS a quiénes aplican?

Estas leyes aplican para todas los cuentahabientes  “personas físicas, físicas con actividad empresarial como de personas morales” con obligaciones fiscales en el extranjero (Estados Unidos de América y países miembros de la OCDE).

9. Como cliente, ¿tendré que hacer algo por la Ley FATCA y CRS?

Como parte de la apertura de cuentas o actualización de datos se le solicitará nueva información y, en todos los casos, el documento de Auto-certificación. Dicha información será utilizada para determinar si el cliente tiene obligaciones en el extranjero. En caso de que se declare responsabilidad fiscal en un país participante, sus cuentas pueden ser sujetas a ser reportadas.

10. ¿Qué es el nuevo documento de Auto-certificación?

Es el documento que nos permite recabar la información necesaria para identificar y clasificar a los clientes a través de su declaración de responsabilidades fiscales en el extranjero tanto CRS como para FATCA.

Este documento es obligatorio para personas físicas, físicas con actividad empresarial y personas morales, y se solicitará en todas las aperturas a partir del 1° de Enero del 2016.

11. ¿Dónde puedo obtener/entregar el documento de Auto-certificación?

La obtención y entrega del documento puede ser en su sucursal, el portal de Internet  y/o con su Ejecutivo Bancario o de Relación.

12. ¿Yo como mexicano o como empresa 100% mexicana, deberé llenar el formato de auto evaluación?

Sí, todos los cuentahabientes de las instituciones financieras deberán cumplir con esta obligación a raíz de la firma del Acuerdo Intergubernamental y del acuerdo CRS. Así mismo, Instituciones Financieras de otros países que cuenten con acuerdo o se registren de manera independiente tendrán que dar cumplimiento a dichas obligaciones.

13. ¿Intercam es la única institución impactada por FATCA y CRS?

No. Todas las instituciones financieras en México deben cumplir con las obligaciones derivadas de FATCA y CRS a raíz de la firma del Acuerdo Intergubernamental y del acuerdo CRS. Así mismo, Instituciones Financieras de otros países que cuenten con acuerdo o se registren de manera independiente tendrán que dar cumplimiento a dichas obligaciones.

14. ¿Me pueden asesorar respecto a cómo responder a los requerimientos relacionados con FATCA?

El ámbito fiscal es un campo altamente especializado. Estamos en capacidad de proporcionarles información genérica sobre FATCA y CRS que se encuentra en el portal de SHCP:

FATCA http://www.sat.gob.mx/acuerdo_internacional/Paginas/a/default.htm
CRS http://www.sat.gob.mx/acuerdo_internacional/Paginas/b/default.htm
Sin embargo, no estamos autorizados para proporcionar asesoría específica en materia fiscal.
Si requiere asesoría fiscal especializada, le sugerimos que consulte a un especialista en temas fiscales.

Si usted  tiene con Intercam Grupo Financiero más de un contrato (Banco, Casa de Bolsa o Fondos), sólo será necesario llenar, firmar y entregar un formato de auto declaración.

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